miércoles, 11 de febrero de 2015

Desde aquí se ve
SOBREVIVIR EN EL FEUDO
Paso Picón es un paraje ubicado en la ruta 62, entre los arroyos Canelón Chico y Canelón Grande, estirado entre los kilómetros 49 y 52 de esa ruta canaria, donde sobreviven unas trescientas personas en cuarenta casas sobre padrones rurales, lo que los deja fuera de un decreto del MGAP del año 2004 que prohibe las fumigaciones a menos de 300 metros de una zona urbana, suburbana o centro poblado. Es decir que aunque allí vivan la misma cantidad de personas que de metros requeridos para no fumigar la reglamentación vigente no lo considera un centro poblado o, lo que es lo mismo, Paso Picón no existe en el mapa con gente adentro. Pero la paradoja no termina allí, ya que el cultivador de soja transgénica, responsable de las fumigaciones a través de un camión cisterna contratado a otra empresa, es el médico Máximo Castilla, propietario de distintos predios que va anexando para llevar a cabo su negocio privado. Y aunque el Juramento Hipocrático que debe tener colgado en alguna pared de su casa indique lo contrario, este representante de una sociedad médica de alcance nacional, no afiliado al Sindicato Médico del Uruguay según nos han manifestado, no sólo enferma a la población circundante con su práctica nociva sino que además, de acuerdo a lo expresado por algunos vecinos, también anda armado por el exterior de sus campos, amenazando a quienes lo denuncian por atentar contra el medio ambiente y la salud de los habitantes. Muchos de los vecinos trabajan en sus predios, otros le deben favores diversos y la casi totalidad de los restantes simplemente le tienen miedo, todo lo cual lleva a poder calificarlo como señor feudal, que además cuenta con el beneficio de que la Intendencia de Canelones no actualiza el plan de ordenamiento territorial en varias zonas del departamento, entre ellas en Paso Picón. El único organismo de gobierno que hasta el momento le ha hecho frente a Castilla es el Ministerio de Salud Pública, que el pasado 23 de octubre lo multó con 1000 unidades reajustables por “un hecho de suma irresponsabilidad, como consecuencia de la aplicación de plaguicidas de manera inadecuada e infringiendo normativa”, la misma normativa que los demás organismos de gobierno no reconocen que le afecte, sumado ello a que un productor adinerado puede pagar esa multa sin dificultad -aunque la misma fue apelada- pero además con el valor agregado de que ello no prohibe que continúe fumigando y enfermando a los pobladores de todas las edades. El miedo que produce el productor sojero hace que hoy apenas el 2 por ciento de la población de Paso Picón (seis personas) levanten la voz ante los organismos oficiales exigiendo poner fin a la fumigación, que hasta 2009 fue aérea y desde entonces terrestre. Para impedirla sólo bastaría que la Intendencia de Canelones declarara el lugar como zona protegida, lo cual ha sido prometido en diversas oportunidades pero hasta el momento no concretado. El MGAP encontró glifosato en un predio vecino pero el hecho sólo quedó en la anécdota, aunque el artículo 47 de la Constitución de la República, ratificada por plebiscito el 30 de octubre de 2004, establezca que “La protección del medio ambiente es de interés general. Las personas deben abstenerse de cualquier acto que cause depredación, destrucción o contaminación graves al medio ambiente. La ley reglamentaria está a disposición y podrá prever sanciones para los transgresores”. Pero el caso se entrevera aún más cuando a raíz de las denuncias presentadas por los vecinos Castilla arremetió penalmente contra ellos por difamación e injurias (denuncia que fue archivada) y luego presentó otra por daños a su honorabilidad. Igualmente queda claro que el responsable real es quien deja hacer.

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