La salud y el medio ambiente no tienen segunda vuelta
DEL CORRAL AL MINISTERIO
Esta es la carta que los vecinos tenían previsto presentar este mes a jerarcas de la DINAMA y del MGAP.
Sr. Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, Ing. Agr. Tabaré Aguerre
Sr. Director Nacional de Medio Ambiente, Arq. Jorge Rucks
PRESENTE
De nuestra mayor consideración.
Por la presente los abajo firmantes, vecinos de la ciudad de Los Cerrillos, Canelones, venimos a solicitarles se extremen las medidas pertinentes para poner fin a un grave problema medioambiental, sanitario y de convivencia ciudadana que estamos padeciendo desde hace ya cinco años.
En las zonas suburbana y rural de esta localidad se encuentra afincado desde el año 2009 un establecimiento destinado a la hotelería ganadera, en régimen similar al de un feedlot pero caratulado cuarentenario, arrendado por su propietario, el Sr. Carlos Bentancor a través de la firma Klarimar SA, administrada por su hija María Laura Bentancor Ledesma, a empresarios egipcios y jordanos para habituar a varias miles de cabezas de ganado a un determinado régimen alimentario previo a su exportación en pie hacia esos países. Esta actividad se encuentra dañando gravemente la calidad de vida de unos 2000 habitantes de Los Cerrillos que, directa o indirectamente, según su cercanía, reciben a diario los profusos olores que emanan de ese campo de veinte hectáreas, de las cuales el 90 por ciento está ocupado por cuarenta corrales, sumado ello a la proliferación de moscas y ratas durante todo el año y a la contaminación del aire, el suelo y las aguas a partir de los efluentes contaminados por estiércol, ración en estado de putrefacción y otras sustancias, sumado ello a la presencia de al menos dos fosas abiertas donde se hallan depositados más de un centenar de bovinos muertos, según nos informaron los propios empleados de ese establecimiento, animales que además generalmente fallecen luego de largos días de agonía, sin respetar la Ley de Bienestar Animal ni reciibir ningún tipo de atención veterinaria, ya que según argumentó el propietario frente al juez de Paz de esta sección “los jordanos no sacrifican los animales sino que simplemente los dejan morir” pero en ningún momento explicó por qué razón no son debidamente atendidos cuando todavía se los puede mantener con vida.
Como ustedes conocerán, el Art. 9º del Decreto de la DINAMA 162/014 del 4 de junio de este año prohíbe el asentamiento de este tipo de establecimientos a menos de cinco kilómetros de un centro poblado y a menos de 200 metros de una casa habitada. Pues bien, el predio de referencia se encuentra a no más de un kilómetro de la planta urbana y a entre diez y veinte metros de las casas que lo rodean. Pero también se exige que no puede estar ubicado a menos de 500 metros de una ruta de alto tránsito y en este caso el citado predio está ubicado con frente al km. 38.800 de la ruta nacional 36, por donde se realiza el ingreso y egreso de estos animales.
Pero también existe otro Decreto, esta vez del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, el 178/010 del 7 de junio de 2010, donde se establece que dicha superficie debe contar con corrales destinados a albergar animales enfermos y en recuperación, manteniéndolos aislados del resto, que debe tener un equipo de desinfección de vehículos y personas y que debe poseer un lugar cerrado que oficie de crematorio o enterramiento de cadáveres, nada de lo cual existe hasta el momento.
Pero así como no se respetan estas ordenanzas tampoco se realiza un retiro periódico del estiércol para minimizar la contaminación ambiental y preservar el bienestar animal y la salud pública.
DINAMA también ordena en otras reglamentaciones que deben instrumentarse sistemas de captación, recolección, almacenamiento y tratamiento de efluentes, zonas de disposición para el manejo del estiércol y procesos de impermeabilización de los suelos para evitar la infiltración de esos efluentes, nada de lo que tampoco existe al día de hoy.
Por todo lo expuesto, más todos los elementos complementarios que podemos brindar personalmente, este predio de hotelería ganadera para exportación no sólo se encuentra violando la totalidad de las normativas aquí citadas sino que también produce graves daños en la salud humana desde hace cinco años, como ustedes podrán conocer con mayor rigor científico que el que nosotros podemos aportar hoy, aunque de considerarse necesario también podemos contar con especialistas que realicen un estudio al respecto.
Para finalizar, puntualizamos:
1) El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca autorizó que se desarrolle una actividad en este predio (y en otro similar ubicado en Cuatro Piedras), pero por la entidad de los daños producidos mucho dudamos que dicha autorización esté referida puntualmente a esta práctica, duda que también nos manifestó el director de Desarrollo Rural de la Intendencia de Canelones, Ing. Nelson Larzábal, por lo cual solicitamos a ese Ministerio que se disponga a examinar si esta práctica contaminante realmente cuenta con su aval.
2) Desde la DINAMA se nos explicó que como este emprendimiento es anterior a la promulgación de los citados decretos se les ha dado un plazo para regularizar su situación hasta el próximo 4 de diciembre y que luego se los podría beneficiar con otros plazos para presentar una solicitud de autorización ambiental especial para su funcionamiento, según palabras del Arq. Rucks “para cumplir una serie de requerimientos en cuanto al tratamiento de efluentes y residuos”, además de “una autorización de desagüe”, ya que incluso los efluentes contaminantes se propagan bajo un camino vecinal a otros predios de otros propietarios ubicados al norte de éste, tras lo cual “comenzaría un proceso de sanciones y nuevos plazos para ese cumplimiento”.
3) Queremos finalmente expresar que no ponemos en cuestión el desempeño ni de la DINAMA ni del MGAP y que nos sobra paciencia, como demostrado está en estos cinco años que hemos estado padeciendo la operativa agresiva de este negocio privado, pero así mismo queremos también manifestar que esos cinco años de violación de las normativas, antes sugeridas pero ahora ordenadas mediante decretos, nos parecen por demás excesivos para demorar desde ambos organismos de gobierno una expedición final sobre estos emprendimientos. Todo ello porque los perjuicios provocados no son menores, todo ello porque puede permitírsele una extensión del plazo de adecuación a la normativa a quien no se encuentre afectando directamente la calidad de vida de terceros durante tanto tiempo, y todo ello porque entendemos que cualquier actividad violatoria de esas normativas que se desarrolle en cualquier parte del país debe tener como único destino final su inmediata clausura, por el bien de toda la población afectada y como medida ejemplarizante contra otras irregularidades o ilegalidades que se puedan cometer en cualquier otro ámbito. De esa manera se estaría sentando un importante mojón de nuestra autoridad igualitaria, soberanía y jurisprudencia.
Saludan muy atte.,
(siguen firmas)
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